Becas para alumnos universitarios con discapacidad
Fomentan y facilitan el desarrollo de los estudios universitarios de los alumnos con discapacidad.
Listados provisionales. Plazo de subsanación: del 25 de junio al 8 de julio, ambos inclusive (PLAZO CERRADO)
Publicados los listados provisionales de la beca para alumnos universitarios con discapacidad. Comprueba aquí el estado de tu solicitud.
(*) NOTA:
(1) Para consultar el estado de la solicitud, se debe introducir el NIF y el código de solicitud, que puedes consultar en el formulario presentado (dónde encontrarlo).
(2) El dato recogido en "Estado resolución provisional", no se muestra actualizado tras las posibles subsanaciones realizadas.
(3) Posibles estados de la beca (explicación).
Presentación de solicitudes y/o documentación
NOTA: si una vez cumplimentada la solicitud se observa algún error o se quiere realizar algún cambio en los datos:
- Si no se ha presentado la solicitud, se pueden modificar los datos que se consideren incorrectos. El sistema ofrece la posibilidad de recargar los datos de la misma con el número de referencia indicado en la parte de arriba de la misma. A continuación, seguir el procedimiento.
- Si se ha presentado la solicitud vía registro: contacta con nosotros.
Plazos de la convocatoria
- Plazo de solicitud: del 21 de marzo al 12 de abril de 2024, ambos inclusive.
- Plazo de subsanación: del 25 de junio al 8 de julio, ambos inclusive.
Contacto CIAU
Si tienes algún problema con la solicitud de beca, duda o consulta que realizarnos, puedes ponerte en contacto con nosotros en los teléfonos 91 720 02 06 / 07 o a través de correo electrónico, en el buzón informacion.universitaria@madrid.org.
Los alumnos que han solicitado esta beca y que deseen asistir presencialmente al CIAU para consultar dudas, se les atenderá sin necesidad de cita previa (en la medida de lo posible y dando prioridad a aquellas personas que sí estén citados). IMPORTANTE: no se pueden entregar documentos en el CIAU, situado en C/ Alcalá nº 32, al no tratarse de una oficina de registro.
En el Centro de Información y Asesoramiento Universitario (CIAU) queremos ayudarte.
Pasos para solicitar la beca
Objeto y destinatarios
Objeto
Fomentar y facilitar el desarrollo de los estudios de los alumnos con discapacidad igual o superior a 33% en condiciones económicas de independencia, a cuyo fin los beneficiarios podrán destinar libremente los fondos concedidos a costear su propio mantenimiento.
Destinatarios
Podrán acogerse a las ayudas previstas en la presente convocatoria, aquellos alumnos en los que concurran las siguientes circunstancias:
- Tener una discapacidad legalmente reconocida igual o superior al 33%
- Estar matriculado durante el curso 2023/2024 en una universidad de la Comunidad de Madrid, centro adscrito a las mismas o en un centro superior de enseñanzas artísticas, cuya sede se encuentre en la Comunidad de Madrid, conforme a los siguientes criterios:
- Los alumnos incluidos en el intervalo del 33% al 49% de grado de discapacidad, deberán haberse matriculado en al menos 30 créditos en el curso especificado en la convocatoria.
- Los alumnos incluidos en el intervalo del 50% al 70% de grado de discapacidad, deberán haberse matriculado en al menos 20 créditos en el curso especificado en la convocatoria.
- Los alumnos con grados de discapacidad superiores al 70% deberán haberse matriculado en al menos 10 créditos en el curso especificado en la convocatoria.
Convocatoria
La cuantía de la ayuda será el resultado de multiplicar el porcentaje del grado de discapacidad del solicitante por el coeficiente multiplicador correspondiente, conforme a la siguiente distribución:
- Grado de discapacidad superior o igual al 33% e inferior o igual al 49%. El coeficiente multiplicador será de 10 euros.
- Grado de discapacidad superior o igual al 50% e inferior o igual al 70%. El coeficiente multiplicador será de 12 euros.
- Grado de discapacidad superior al 70%. El coeficiente multiplicador será de 15 euros.
Las solicitudes se ordenarán por el grado de discapacidad de mayor a menor hasta agotar el crédito presupuestario. En caso de empate se concederá la ayuda a aquellos solicitantes que acrediten la condición de víctima de violencia de género. Si fuera necesario un criterio adicional, se tendrá en cuenta la fecha y hora de entrada de la solicitud en el registro.
Orden de la convocatoria
Orden 667/2024 del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convocan las ayudas a alumnos con discapacidad que cursan estudios universitarios o de enseñanzas artísticas superiores para el curso 2023-2024.
Orden por la que se aprueban las bases reguladoras
Orden 1728/2017, de 16 de mayo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se modifica la Orden 1219/2015, de 24 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a alumnos con discapacidad que cursan estudios universitarios o de enseñanzas artísticas superiores y por la que se convocan las ayudas para el curso 2014-2015.
El importe máximo que la Comunidad de Madrid destinará a estas ayudas es 300.000 €.
Podrán acogerse a las presentes ayudas, los alumnos matriculados en alguna de las siguientes enseñanzas:
- Títulos oficiales de grado y máster.
- Complementos de formación para acceso al máster o grado.
- Títulos oficiales de grado o máster en Enseñanzas Artísticas Superiores.
Quedan expresamente EXCLUIDAS las ayudas para la realización de estudios correspondientes a doctorado, estudios de especialización y títulos propios de las universidades, de centros adscritos o de centros de enseñanzas artísticas superiores.