
Restaurantes. Todo lo que usted debe saber
Los restaurantes y bares de la Comunidad de Madrid deben respetar unas medidas que se deben cumplir. Conocer nuestros derechos a la hora de acudir a un establecimiento hostelero es fundamental para disfrutar de uno de los servicios más demandados por las personas consumidoras.
Siempre que acuda a un restaurante deberá exigir que le faciliten información sobre si hay un sobrecoste por consumir en terraza, si le van a cobrar por cubierto, indicarle el precio de los platos fuera de carta o si los precios tienen incluido el IVA , ya que estos conceptos pueden hacer que la cuenta suba más de lo previsto.
Desde el Portal del Consumidor queremos ofrecerle una serie de recomendaciones que ayuden a los consumidores a conocer y defender sus derechos en los restaurantes.
Recomendaciones generales cuando visita un restaurante
En primer lugar y como norma general, es conveniente saber que los establecimientos deben facilitarle toda la información que sea necesaria sobre las características del servicio y los productos que ofrecen.
Además, deben dar máxima información sobre los precios de los servicios y productos. Para ello, estos deben encontrarse en un lugar visible y accesible para el consumidor.
Los precios deben ser globales, es decir, debe estar incluidos también todos los impuestos y cualquier otro gasto adicional que se pretenda repercutir al consumidor. Así debe quedar reflejado en el lugar donde aparezcan los precios.
Recuerde que deben emitirle un tique o factura cuando le cobren el servicio en el que figuren los distintos precios con IVA. Si se trata de un menú o plato combinado de la casa se puede indicar su precio total, sin desglosar su composición.
Conceptos tales como “cubierto”, “pan”, u otros, solo podrán cobrarse si están indicados en la carta o un cartel en lugar visible al público. Por tanto, si cuando visita un restaurante no se le facilita información previa sobre estos u otros precios, podrá pedir que no se lo cobren, y en caso de no llegar a un acuerdo, poner una reclamación por el importe cobrado indebidamente.
Si lo que quiere es pedir un plato de los denominados fuera de carta o con las siglas S.M. (según mercado), sepa que deben indicarle el precio del mismo o puede solicitar una carta donde aparezca reflejado.
En el caso de los establecimientos que venden comida al peso para llevar, deberá estar indicado el precio por kilo.
El restaurante o establecimiento debe informarle acerca de los alérgenos más comunes, para que tenga una información completa sobre aquellos que puedan causarle algún daño.
Por último, estos establecimientos deben tener hojas de reclamaciones a disposición de los clientes. Si solicita una, se la deben facilitar.
Medidas sanitarias
En los restaurantes de la Comunidad de Madrid se deberán observar las medidas de prevención e higiene generales. establecidas como consecuencia de la COVID-19.
Se realizará una limpieza y desinfección frecuente del equipamiento, en particular mesas, sillas, barra, así como cualquier otra superficie de contacto. Deberá procederse a la limpieza y desinfección del local por lo menos una vez al día prestando especial atención a las zonas de uso común y a las superficies de contacto más frecuentes.
Todos los establecimientos dispondrán de dispensadores de geles para el lavado de las manos. Se priorizará, cuando sea posible, el pago con tarjetas y otros medios que no supongan contacto físico entre dispositivos.
No se podrá fumar en la terraza de estos establecimientos cuando no se pueda respetar la distancia mínima interpersonal de 2 metros.
Reclamaciones
En caso de tener algún problema con el establecimiento, el consumidor puede exigir una hoja de reclamaciones. Tras cumplimentarla, indicando el contenido del problema y su petición, debe remitir una copia a la Dirección General de Turismo de la Comunidad de Madrid.
También se puede dirigir a la Dirección General de Comercio y Consumo de la Comunidad de Madrid, y solicitar un arbitraje ante el Colegio Arbitral de Turism. Para ello, la empresa deberá estar adherida a arbitraje o aceptarlo para su caso concreto.
Recuerde también que la Oficina de Atención al Consumidor de la Comunidad de Madrid tiene habilitados dos teléfonos y un correo electrónico para resolver sus dudas y consultas. Puede ponerse en contacto con ella a través del 91 310 59 03 o 91 310 58 39 o en el correo electrónico: consultas.consumo@madrid.org.
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