La información médica a familiares se facilita en el lugar y hora indicados en cada planta de hospitalización.
- En ningún caso se facilita información clínica por teléfono.
- Si el paciente no desea que se facilite información a familiares o acompañantes debe hacerlo saber a su médico.
- Si tiene dudas sobre la información recibida, puede solicitar cuantas aclaraciones considere oportunas.
- En algunas Unidades de Hospitalización, caracterizadas por la gravedad de los pacientes en ellas ingresados, existe un horario definido de información a familiares.
- Si es necesario realizar al paciente pruebas o intervenciones quirúrgicas que supongan riesgo para su salud, el médico responsable de su atención le informará sobre éstas y le solicitará el consentimiento por escrito, salvo que fuese urgente e imprescindible realizarlas y las circunstancias no permitiesen dejar constancia formal de dicho consentimiento.
Este consentimiento formal para intervenciones y tratamientos se conoce como CONSENTIMIENTO INFORMADO:
El paciente tiene derecho a decidir sobre la actuación del profesional sanitario en relación con su estado de salud, modos de intervención, diagnóstico y tratamiento.
- Para poder realizar cualquier intervención quirúrgica, así como cualquier exploración que comporte un riesgo para la salud, es necesario su consentimiento escrito.
- Para ello, el médico le explicará en qué consiste la exploración o intervención a la que va a ser sometido, para qué se le realiza, cuáles son los riesgos y cuáles los beneficios.
- Una vez informado, si está de acuerdo en que se lleve a cabo la exploración o intervención, la explicación recibida será recogida en un documento denominado consentimiento informado, que el paciente o su representante legal deberá firmar para que dicha exploración o intervención pueda efectuarse.
Excepciones al consentimiento informado:
- Rechazo explícito de toda información por el paciente.
- Grave peligro para la salud pública
- Situación de urgencia real y grave que no permite demoras.
- Imperativo legal.
- Incompetencia/Incapacidad del paciente
- Privilegio terapéutico: sólo se puede utilizar cuando se prevé un daño o grave amenaza para el enfermo si se le revela toda información disponible.