Voluntariado en la Comunidad de Madrid

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Mano extendida hacia la cámara en un entorno natural al aire libre
Se gestionan acciones de fomento, información, asesoramiento y formación inherentes al voluntariado.

Desde la Comunidad de Madrid se gestionan las acciones de fomento, información, asesoramiento y formación inherentes al voluntariado, de acuerdo con la normativa jurídica que se establece por la Ley 1/2015, de 24 de febrero, del Voluntariado en la Comunidad de Madrid y la Ley Estatal 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado.

 

¿Cómo te podemos informar y asesorar?

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Informamos y orientamos a ciudadanos interesados en realizar actividades de voluntariado, a organizaciones que necesitan colaboración y asesoramiento para el desarrollo de sus proyectos solidarios y a empresas que quieren impulsar acciones voluntarias dentro de su responsabilidad social corporativa.

Este servicio de información y asesoramiento está atendido por el Punto de Información de Voluntariado de la Comunidad de Madrid, de manera presencial, telefónica y telemática.

El Punto de Información de Voluntariado de la Comunidad de Madrid depende de la Dirección General de Servicios Sociales e Integración, y forma parte de la Red de Puntos de Información de Voluntariado existente en diferentes municipios y mancomunidades, así como en las seis universidades públicas madrileñas.

Organizaciones de voluntariado

Voluntariado corporativo

Se considera voluntario a la persona que realiza actividades de voluntariado, según la Ley 1/2015, de 24 de febrero, del Voluntariado en la Comunidad de Madrid. 

El voluntariado es el conjunto de actividades de interés general desarrolladas por personas físicas en el seno de organizaciones públicas o privadas, que tengan un carácter libre, gratuito y solidario, sin que tengan por causa una obligación personal o un deber jurídico.

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El voluntariado se fundamenta en la libertad de participación y en el compromiso solidario de las personas y las organizaciones. Se rige por la cooperación y la complementariedad entre ciudadanía, entidades, administraciones y familias, respetando la autonomía del movimiento voluntario. Asimismo, promueve valores como la igualdad, el pluralismo, la no discriminación y la participación democrática. Desde la innovación y el trabajo en red, el voluntariado contribuye a la transformación social y al bienestar de la comunidad.

El voluntario tiene los siguientes derechos, entre otros, acordar libremente con la organización de voluntariado los contenidos y condiciones de la actividad de voluntariado, ser tratado sin discriminación, respetando su libertad, dignidad y derecho a su intimidad y realizar su actividad en condiciones de seguridad e higiene, ser asegurado contra los riesgos de accidente y enfermedad, a cesar libremente en la organización de voluntariado a la que se encuentre vinculado, a disponer de una acreditación de voluntario, a que su actividad sea certificada por la organización de voluntariado y que ésta cumpla con la normativa relativa a protección de datos personales, a recibir formación permanente, y todos cuantos se deriven de la Ley 1/2015, de 24 de febrero, de Voluntariado en la Comunidad de Madrid y del resto del ordenamiento jurídico.

Los deberes, entre otros, son los de cumplir los contenidos y condiciones de la actividad acordados libremente con la organización de voluntariado, respetar los principios inspiradores contemplados en la ley, respetar los derechos y libertades de quienes son destinatarios de las actividades de voluntariado, disponer de acreditación identificativa de su condición de voluntario cuando realice tal actividad, y guardar cuando proceda confidencialidad de la información recibida y conocida en el desarrollo de su actividad voluntaria. 

El voluntariado se fundamenta en la libertad de participación y en el compromiso solidario de las personas y las organizaciones. Se rige por la cooperación y la complementariedad entre ciudadanía, entidades, administraciones y familias, respetando la autonomía del movimiento voluntario. Asimismo, promueve valores como la igualdad, el pluralismo, la no discriminación y la participación democrática. Desde la innovación y el trabajo en red, el voluntariado contribuye a la transformación social y al bienestar de la comunidad.

El voluntario tiene los siguientes derechos, entre otros, acordar libremente con la organización de voluntariado los contenidos y condiciones de la actividad de voluntariado, ser tratado sin discriminación, respetando su libertad, dignidad y derecho a su intimidad y realizar su actividad en condiciones de seguridad e higiene, ser asegurado contra los riesgos de accidente y enfermedad, a cesar libremente en la organización de voluntariado a la que se encuentre vinculado, a disponer de una acreditación de voluntario, a que su actividad sea certificada por la organización de voluntariado y que ésta cumpla con la normativa relativa a protección de datos personales, a recibir formación permanente, y todos cuantos se deriven de la Ley 1/2015, de 24 de febrero, de Voluntariado en la Comunidad de Madrid y del resto del ordenamiento jurídico.

Los deberes, entre otros, son los de cumplir los contenidos y condiciones de la actividad acordados libremente con la organización de voluntariado, respetar los principios inspiradores contemplados en la ley, respetar los derechos y libertades de quienes son destinatarios de las actividades de voluntariado, disponer de acreditación identificativa de su condición de voluntario cuando realice tal actividad, y guardar cuando proceda confidencialidad de la información recibida y conocida en el desarrollo de su actividad voluntaria. 

Puedes consultar la normativa básica existente sobre voluntariado, asociaciones y fundaciones, tanto a nivel estatal como de la Comunidad de Madrid.

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