Aprobamos nuevas convocatorias de ayudas al alquiler y rehabilitación de viviendas

https://www.comunidad.madrid/sites/all/themes/drpl/logo.pngComunidad de Madrid
cms-sys-admin

CON 31,1 MILLONES DE PRESUPUESTO

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy la convocatoria de nuevas líneas de Ayudas al Alquiler y Fomento de la Rehabilitación Edificatoria, por importe de 31,1 millones de euros (17 millones y 14,1 millones, respectivamente), con el fin de beneficiar a familias con escasos recursos y favorecer reformas de edificios y viviendas. Estas ayudas al alquiler beneficiarán, al menos, a 7.000 familias

11 abril 2017

El Programa Regional de Ayuda al Alquiler 2017 mantiene su dotación económica con 17 millones de euros y priorizará siempre a aquellas familias que tengan menores recursos económicos. La cuantía de la ayuda será del 40 por ciento de la renta anual del alquiler, con un límite máximo de 2.400 euros anuales por vivienda. La renta actualizada a pagar por el alquiler debe ser igual o inferior a los 600 euros mensuales.

Se podrán presentar todas aquellas personas que sean mayores de edad, tengan nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, extracomunitarios con residencia legal en España, y que sean titulares de un contrato de arrendamiento en la Comunidad de Madrid y que la vivienda constituya el domicilio habitual.

Ayudas a la rehabilitación edificatoria
En cuanto a la Rehabilitación Edificatoria han sido prorrogadas para el año 2017 y cuentan con un presupuesto total de 38,5 millones de euros. Las ayudas destinadas a la Rehabilitación Edificatoria, tienen como objetivo financiar la ejecución de obras de mantenimiento e intervención en las instalaciones fijas y equipamientos propios, así como en los elementos y espacios privativos comunes, en edificios de tipología residencial colectiva anteriores a 1981.

La cuantía máxima de la subvención a conceder por edificio no podrá superar el importe de multiplicar 11.000 euros por cada vivienda y por cada 100 metros cuadrados de superficie útil de local. Además, habrá que contemplar las cuantías económicas específicas destinadas para cada tipo de actuación.
 
Además, la subvención a conceder por edificio no podrá superar el 35 por ciento del coste subvencionable de la actuación. No obstante, y de manera excepcional en el caso de actuaciones para la mejora de la accesibilidad y sólo, en la partida correspondiente a la accesibilidad, se podrá llegar al 50 por ciento de ayuda.